• Exequatur divorcio mutuo acuerdo

     

    Exequatur divorcio mutuo acuerdo


    A través del procedimiento de exequatur una sentencia de divorcio dictada en otro país puede ser reconocida en España. Los pasos a seguir serán difrentes en función de si se ha llegado a tal fallo de forma contenciosa o de mutuo acuerdo. De esta manera, si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo se deberá aportar el convenio regulador legalizado con la apostilla del Convenio de la Haya. Para que una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo dictada en otro país tenga efectos en España se necesita el exequátur, aunque el otro país con quien se firme sea del Convenio de la Haya. Según el Reglamento de la Unión Europea 1347/2000 sobre competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial dice el artículo 14.2 "que no se requerirá ningún procedimiento previo para la actualización de los datos del registro civil de un Estado miembro sobre la base de las resoluciones en materia de divorcio...". Si tenemos una sentencia de divorcio de un Estado miembro y queremos que esa ruptura del vínculo matrimonial se inscriba en el Registro Civil español, no será necesario seguir los cauces del exequatur ante el Tribunal Supremo, aunque existen excepciones recogidas en el propio reglamento donde aparecen una serie de motivos por los que se puede denegar el reconocimiento. Entre los motivos de denegación se encuentran que la resolución sobre el divorcio sea contraria al orden público interno. Fuera del ámbito de la Unión Europea si nos encontramos ante una resolución procedente de un país no comunitario tenemos que diferenciar dos supuestos: si entre ese país y España existe un Tratado internacional o no. En el primer caso, habrá que estar a lo que diga nuestro ordenamiento interno: en este caso se solicitará directamente la ejecución de la sentencia extranjera ante el Tribunal Supremo en el procedimiento de exequatur. A través de él los trámites se reducen al mínimo y se establece un plazo de 9 días para escuchar a la otra parte y al Ministerio fiscal, tras lo cual la Sala dictará una resolución contra la que no cabe recurso. Pero como ha de tratarse ante el órgano judicial español y éste está saturado el proceso es lento y costoso.
    El procedimiento de exequatur requiere el asesoramiento de profesionales jurídicos que nos garanticen el correcto tratamiento de nuestro caso, así como su rápida resolución. En Abogados García & Herraiz  lo sabemos y por eso trabajamos con los mejores abogados de exequatur especialistas en reconocimiento de sentencias extranjeras para asesurarle todas las garantías de éxito en la gestión de su exequatur. Si tiene usted alguna duda acerca de cómo tramitar su exequátur o quiere ponerse en contacto con nosotros, puede hacerlo rellenado el formulario que aparece en esta página, por teléfono o mail.

    Teléfono:    91 133 26 54
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    consultas@abogadosgh.es

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