• Qué es exequatur

    El exequatur es un concepto exclusivo del Derecho Internacional Privado que permite que se ejecute en un país una resolución judicial dictada en el extranjero. Es cierto que las sentencias judiciales son de aplicación estatal pero, a veces, tienen que dotarse de una eficacia extraterritorial porque sino podrían quedar incumplidas. Las personas que pueden solicitar el exequatur son las personas en cuyo favor se dictó cualquier clase de sentencia, o toda persona a quien la sentencia a reconocer ocasione algún tipo de perjuicio. La Ley de Enjuiciamiento Civil regula en sus artículos 6 al 8 la capacidad para ser parte en el proceso. El exequatur puede ser solicitado por los nacionales de países extranjeros que vivan y residan de forma legal en España o españoles que hayan obtenido una sentencia que haya sido dictada en el  extranjero y que tenga efectos en España. Con respecto al procedimiento de exequatur los pasos a seguir serían los siguientes:

    1.      Debe de comprobarse que hay un Tratado entre el país que dictó la sentencia y el país en el que esta sentencia deba reconocerse

    2.      El procedimiento de exequátur en España está regulado en los artículos 951 al 958 de la Ley de Enjuiciamiento civil

    3.      El juzgado de primera instancia será el Juzgado encargado de tramitar la solicitud de demanda

    4.      La capacidad para ser parte en el proceso está expresada en los artículos 6, 7, 8, 23, y 31 de la Lec

    Los requisitos de la sentencia de exequatur son:

    *Que  la sentencia a homologar sea una sentencia firme no recurrida 

    *Que no exista una sentencia previa sobre el mismo asunto en España

    *Para solicitar el reconocimiento de una sentencia extranjera es necesario que el solicitante resida en nuestro país

    *La materia de la que trate no deberá ser contraria al orden público ni a los usos jurídicos

    *Debe de existir una correcta legalización de  la documentación aportada

    La documentación necesaria para poder llevar a cabo el procedimiento de exequatur será:

    *Copia auténtica de la sentencia

    *Certificado de que la sentencia es firme

    *Certificado de la Sentencia notificada al demandado

    *Certificado de matrimonio

    *Certificado de nacimiento de hijos

    *Fotocopia de DNI/NIE

    Abogados García & Herraiz es un despacho de abogados formado por especialistas en Derecho Internacional, concretamente en procedimientos de exequatur, en el que contamos con un equipo de grandes profesionales jurídicos que serán capaces de llevar su caso con gran rigor y excelentes garantías de éxito. Estamos a su disposición para cualquier ayuda legal que necesite, rellenando el formulario que aparece en esta página o si lo prefiere por mail o teléfono.

     

    Teléfono:            91 133 26 54

    E-mail:                 consultas@abogadosgh.es

     

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